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Informacion
Ley 29/1998, Recurso Contencioso- - Preguntas de exámenes Nº1 [Dificultad Baja]
Etiquetas
Administrativo Normativa Estatal
Numero de preguntas
40
Situacion
Preguntas independientes.
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De conformidad con el artículo 19 de la Ley 29/1998, ¿puede cualquier ciudadano interponer recurso contencioso-administrativo?: (Aux.Adtivo.SAS 2009)
Sí, siempre
Únicamente si tiene la consideración de interesado
Si, en el ejercicio de la acción popular, en los casos expresamente previstos por las leyes
No, nunca

Según el artículo 91 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, la preparación del recurso de casación: (Gestión.Xunta Galicia 2009)
Nunca impedirá la ejecución provisional de la sentencia recurrida
No impedirá la ejecución definitiva de la sentencia que se recurre
Impide en todo caso la ejecución provisional de la sentencia recurrida
No impedirá, como norma general, la ejecución provisional de la sentencia recurrida

En el recurso contencioso-administrativo no es un plazo de 20 días: (Adtivo.Gen.Valenciana 2008)
El que cuentan los posibles interesados para personarse como demandados
El del recurrente para formalizar la demanda
El de los demandados para contestar a la demanda
El que cuenta la Administración para remitir el expediente administrativo

El plazo para interponer el recurso contencioso-administrativo contra una disposición de carácter general es: (Gestión. AGE 2005)
Un mes desde su notificación a los interesados
Seis meses si no fuera expresa, y se contará a partir del día siguiente a aquel en que se produzca la disposición presunta
Tres meses desde la fecha de aprobación
Dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la disposición impugnada

Según el artículo 18 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, tienen capacidad procesal ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo: (Gestión.Xunta Galicia 2009)
Las personas menores de edad, en cualquier caso, siempre con la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela
Las personas menores de edad, en cualquier caso, sin necesidad de asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela
Las personas menores de edad para la defensa de aquellos de sus derechos e intereses legítimos, cuya actuación les esté permitida por el ordenamiento jurídico sin necesidad de asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela
Las personas menores de edad para la defensa de aquellos de sus derechos legítimos, cuya actuación les esté permitida por el ordenamiento jurídico, siempre con la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela

Conforme al artículo 74.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa: (Admtivo.Junta Andalucía 2009)
El recurrente podrá desistir del recurso en cualquier momento anterior a la sentencia
El recurrente podrá desistir del recurso en cualquier momento
El recurrente podrá desistir del recurso en cualquier momento posterior a la sentencia
Ninguna es correcta

Son susceptibles de recurso de casación: (Admtivo.Junta Andalucía 2009)
Las sentencias que ser refieran a cuestiones de personal al servicio de las Administraciones Públicas
Las sentencias dictadas en materia electoral
Ninguna es correcta
Las sentencias de la Audiencia Nacional y de los Tribunales Superiores de Justicia que declaren nula o conforme a derecho una disposición de carácter general

En cuál de las siguientes materias no será competente el orden jurisdiccional contencioso-administrativo: (Aux.Adtivo.Com Madrid 2004)
Respecto de los actos que sean reproducción de otros anteriores definitivos y firmes
Contra los decretos legislativos cuando excedan los límites de la delegación
La responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, cualquiera que sea la naturaleza de la actividad o el tipo de relación de que derive
Contra la inactividad de la Administración y contra sus actuaciones materiales que constituyan vía de hecho

Según el artículo 51.5 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, el auto de admisión de un recurso contencioso-administrativo: (Gestión Xunta Galicia 2009)
Sólo es susceptible de recurso de súplica
No será recurrible
Sólo es susceptible de recurso de apelación
Es susceptible de recurso de amparo

De conformidad con la Ley 29/98, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, el plazo para interponer recurso de lesividad será de: (Aux.Adtivo.Gen Valenciana 2008)
De dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de declaración de lesividad
De un año a contar desde el día siguiente a la fecha de declaración de lesividad
De diez días a contar desde el día siguiente a la fecha de declaración de lesividad
De seis meses a contar desde el día siguiente a la fecha de declaración de lesividad


Nota
Correctas
Incorrectas
Sin contestar
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