Según el artículo 88 de la Ley 30/92, dedicado a la terminación convencional de los procedimientos, las Administraciones Públicas podrán, en su caso, celebrar acuerdos, pactos, convenios o contratos con personas tanto de derecho público como privado. ¿Se publicarán dichos instrumentos?: (Aux.Adtivo.Com Extremadura 2006)
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