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Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoComún - Preguntas más habituales en Exámenes. (I) Nº 24 [Dificultad Media]
Etiquetas
Administrativo Normativa Estatal
Numero de preguntas
40
Situacion
Preguntas independientes.
Quiero hacer preguntas o

La ejecución forzosa por las Administraciones Públicas se llevará a cabo respetando siempre el principio de:
Proporcionalidad
Tipicidad
Igualdad
Legalidad

Tal y como indica el artículo 49.3 de la LRJAPyPAC, ante los acuerdos sobre ampliación de plazos o sobre su denegación, ¿qué tipo de recurso se puede interponer?:
No cabe recurso alguno
Recurso potestativo de reposición
Recurso de alzada
Recurso contencioso-administrativo

El plazo para tramitar y resolver un procedimiento iniciado a solicitud del interesado empieza a contarse:
Desde el día siguiente a aquel en que tiene su entrada en el registro del órgano competente para su tramitación
Desde el día siguiente a aquel en que tiene su entrada en el registro del órgano competente para su resolución
Desde que tiene entrada la solicitud en el registro del órgano competente para su resolución
Desde que tiene entrada la solicitud en el registro del órgano competente para su tramitación

De acuerdo con el artículo 83.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre:
Los informes serán, salvo disposición expresa en contrario, preceptivos y no vinculantes
Los informes serán, salvo disposición expresa en contrario, no facultativos y vinculantes
Los informes serán, salvo disposición expresa en contrario, facultativos y no vinculantes
Los informes serán, salvo disposición expresa en contrario, facultativos y vinculantes

Según el artículo 62 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, son nulos de pleno derecho los actos de las Administraciones Públicas que:
Estén realizados fuera del tiempo establecido para ello
Tengan un contenido imposible
Incurran en desviación de poder
Incurran en cualquier infracción del ordenamiento jurídico

Tal y como indica el artículo 68 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los procedimientos administrativos se inician:
De oficio, siempre
De oficio o a solicitud de persona interesada, o por decisión del órgano competente para resolver
De oficio o a solicitud de persona interesada
A solicitud de persona interesada, en todo caso

Atendiendo al artículo 48.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los plazos expresados en días se cuentan a partir del:
Día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto
Mismo día a aquel en que tenga lugar la notificación y publicación del acto
Día siguiente a aquel en que se llegue a tener conocimiento de la notificación o publicación del acto
Mismo día a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto

Qué recurso cabrá interponer contra actos firmes en vía administrativa que hayan sido dictados incurriendo en un error de hecho que resulte de los propios documentos incorporados al expediente:
Directamente el recurso contencioso-administrativo
El recurso extraordinario de revisión
El recurso potestativo de reposición
El recurso de alzada

De acuerdo con el artículo 48.2 de la LRJAPyPAC, cuando los plazos se fijen en meses o años, éstos se computarán:
Desde día siguiente a aquél en que tiene lugar la notificación o publicación del acto del que se trate
Diez días después de aquél en que tenga lugar la notificación o publicación del acto del que se trate
Desde el mismo día de la notificación o publicación del acto del que se trate
Veinte días después de aquél en que tiene lugar la notificación o publicación del acto del que se trate

De conformidad con el artículo 117.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo para dictar y notificar la resolución de un recurso potestativo de reposición es de:
Cuatro años
Tres meses
Dos meses
Un mes


Nota
Correctas
Incorrectas
Sin contestar
Total

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