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Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoComún - Plazos en la Ley 30/1992 (I) Nº20 [Dificultad Baja]
Etiquetas
Administrativo Normativa Estatal
Numero de preguntas
40
Situacion
Preguntas independientes.
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La declaración de lesividad de actos anulables, tal y como señala el artículo 103.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, no podrá adoptarse una vez transcurridos:
Cuatro meses desde que se dictó el acto administrativo
Cuatro años desde la fecha de la notificación del acto administrativo
Cuatro años desde que se dictó el acto administrativo
Cuatro meses desde la fecha de la notificación del acto administrativo

¿Cuándo comenzará a contarse el plazo de prescripción de las sanciones?:
El mismo día en que se notifique la resolución por la que se impone la sanción
El día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción
El día siguiente a aquel en que se notifique la resolución por la que se impone la sanción
El mismo día en que adquiera firmeza la resolución por la que se impone la sanción

Tal y como establece la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cuál será el plazo de que disponga el interesado para subsanar alguna falta de requisitos en su solicitud o acompañar los documentos preceptivos:
Veinte días hábiles
Diez días naturales
Veinte días naturales
Diez días hábiles

Atendiendo al artículo 48.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los plazos expresados en días se cuentan a partir del:
Mismo día a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto
Mismo día a aquel en que tenga lugar la notificación y publicación del acto
Día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto
Día siguiente a aquel en que se llegue a tener conocimiento de la notificación o publicación del acto

Según la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los miembros de un órgano colegiado que discrepen de un acuerdo mayoritario adoptado por dicho órgano, podrán formular voto particular por escrito, en un plazo de:
Cinco días hábiles
Cuarenta y ocho horas
Siete días naturales
Setenta y dos horas

Señale la correcta:
Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de veinte días a partir de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto
Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de quince días a partir de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto
Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de diez días a partir de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto
Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de un mes a partir de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto

Señale la afirmación correcta de acuerdo con la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común:
Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimado, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativo
Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución, se entenderá estimado, quedando expedita la vía jurisdiccional al contencioso-administrativo
Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución, se entenderá desestimado, quedando expedita la vía jurisdiccional contencioso-administrativo
Transcurrido el plazo de tres meses desde la interposición del recurso extraordinario de revisión sin haberse dictado y notificado la resolución, se entenderá estimado, quedando expedita la vía jurisdiccional al contencioso-administrativo

De conformidad con la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el plazo para interponer recurso extraordinario de revisión contra actos firmes en los que, al dictarlos, se hubiere incurrido en error de hecho que resulte de los propios documentos incorporados al expediente, será de:
Tres meses , a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución impugnada
Tres meses, a contar desde la notificación de la resolución impugnada
Cuatro años, a contar desde la notificación de la resolución impugnada
Cuatro años, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución impugnada

El plazo en el que debe notificarse la resolución expresa de un determinado procedimiento iniciado a solicitud del interesado, comenzará a contarse:
Desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación
Desde el día siguiente a la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su resolución
Desde el día siguiente a aquel en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación
Desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su resolución

Tal y como establece el artículo 58,2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, toda notificación deberá ser cursada dentro del plazo de:
Diez días a partir del día siguiente de la fecha en que el acto haya sido dictado
Quince días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado
Diez días a partir de la fecha en que el acto haya sido dictado
Quince días a partir del día siguiente de la fecha en que el acto haya sido dictado


Nota
Correctas
Incorrectas
Sin contestar
Total

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