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Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del ProcedimientoComún - Título IX. Poad Sancionadora Nº13 [Dificultad Baja]
Etiquetas
Administrativo Normativa Estatal
Numero de preguntas
20
Situacion
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De acuerdo con el artículo 127.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la potestad sancionadora de las administraciones públicas se ejercerá:
Cuando haya sido expresamente reconocida por una norma de rango superior
Cuando haya sido expresamente reconocida por una norma con rango de Ley
Cuando haya sido expresamente reconocida por una norma
Cuando haya sido expresamente reconocida por una norma con rango legal o reglamentario

El artículo 142.6 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece que:
La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, dependiendo de cual fuese el tipo de relación, pública o privada, de que derive, pone fin a la vía administrativa.
La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, cualquiera que fuese el tipo de relación, pública o privada, de que derive, pone fin a la vía administrativa.
La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, cualquiera que fuese el tipo de relación, pública o privada, de que derive, no pondrá fin a la vía administrativa.
La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial, dependiendo de cual fuese el tipo de relación, pública o privada, de que derive, no pondrá fin a la vía administrativa.

De acuerdo con el artículo 132.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cuando las leyes que establezcan las infracciones y sanciones no fijen los plazos de prescripción, las infracciones leves prescribirán:
Al año
A los seis meses
A los tres años
A los dos años

Según establece el artículo 127.2 de la LRJAPyPAC, el ejercicio de la potestad sancionadora corresponde:
A los órganos administrativos que la tengan expresamente atribuida, por disposición de rango legal o reglamentario
A los órganos administrativos que la tengan expresamente atribuida, por norma de derecho comunitario europeo
A los órganos administrativos que la tengan expresamente atribuida, por disposición de rango de Ley
A los órganos administrativos que la tengan expresamente atribuida, por disposición de rango superior

La sustanciación de un procedimiento abreviado de responsabilidad patrimonial, tendrá como objetivo primordial reconocer el derecho a la indemnización en el plazo de:
Un año
Veinte días
Un mes
Treinta días

En aplicación de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las disposiciones sancionadoras producirán efecto retroactivo:
En cuanto favorezcan al presunto infractor
Si en el momento de producirse los hechos, éstos constituían infracción administrativa
En cualquier caso
En ningún caso

Ponen fin a la vía administrativa:
La resolución administrativa de los procedimientos de responsabilidad patrimonial
a) y b) son incorrectas
a) y b) son correctas
La resolución declaratoria de responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas

El artículo 130.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común establece que, las responsabilidades administrativas que se deriven del procedimiento sancionador:
Serán compatibles con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario, así como con la indemnización por los daños y perjuicios causados
Serán compatibles con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario, en cuyo caso, no será compatible con la indemnización por los daños y perjuicios causados
No serán compatibles con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario, así como con la indemnización por los daños y perjuicios causados
No serán compatibles con la exigencia al infractor de la reposición de la situación alterada por el mismo a su estado originario, pero sí con la indemnización por los daños y perjuicios causados

Las Administraciones Públicas indemnizarán a los particulares por la aplicación de actos legislativos de naturaleza no expropiatoria de derechos:
Y que impongan una obligación personalísima de no hacer o soportar, cuando así se establezcan en los propios actos legislativos y en los términos que especifiquen dichos actos
Y que éstos no tengan el deber jurídico de soportar, cuando así se establezcan en los propios actos legislativos y en los términos que especifiquen dichos actos
Y que éstos tengan el deber jurídico de soportar, cuando así se establezcan en los propios actos legislativos y en los términos que especifiquen dichos actos
Y que impongan una obligación personalísima de hacer o soportar, cuando así se establezcan en los propios actos legislativos y en los términos que especifiquen dichos actos

De acuerdo con el artículo 132.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, cuando las leyes que establezcan las infracciones y sanciones no fijen los plazos de prescripción, las infracciones graves prescribirán:
A los seis meses
Al año
A los tres años
A los dos años


Nota
Correctas
Incorrectas
Sin contestar
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