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Estatut d'Autonomía de la Comunitat Valenciana - Título IV. Competencias Nº9 [Dificultad Baja]
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Normativa Autonómica Valencia
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30
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De acuerdo con el artículo 49.3 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, la Generalitat tiene competencia exclusiva sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución y, en su caso, de las bases y ordenación de la actividad económica general del Estado, sobre las siguientes materias:
Mediadores de seguros.
Sanidad agraria.
Enseñanza náutico-deportiva y subacuático-deportiva.
Todas son correctas.

De conformidad con el artículo 50 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, en el marco de la legislación básica del Estado, y, en su caso, en los términos que la misma establezca, corresponde a la Generalitat el desarrollo legislativo y la ejecución de las siguientes materias:
Expropiación forzosa, contratos y concesiones administrativas, en el ámbito de competencias de la Generalitat.
Carreteras y caminos cuyo itinerario transcurra íntegramente dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
Obras públicas que no tengan la calificación legal de interés general del Estado o cuya realización no afecte a otra Comunidad Autónoma.
Ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda.

De acuerdo con el artículo 49.1 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, la Generalitat tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
Ordenación del crédito, banca y seguros.
Régimen minero y energético.
Régimen jurídico y sistema de responsabilidad de la administración de la Generalitat y de los entes públicos dependientes de ésta, así como el régimen estatutario de sus funcionarios.
Ninguna es correcta.

De acuerdo con el artículo 49.1 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, la Generalitat tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
Ordenación del territorio y del litoral, urbanismo y vivienda.
a) y b) son incorrectas.
Espectáculos.
a) y b) son correctas.

En materia de Seguridad Social corresponde a la Generalitat:
El desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado.
La gestión.
La competencia exclusiva.
La ejecución de la legislación básica del Estado.

De acuerdo con el artículo 49.3 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, la Generalitat tiene competencia exclusiva sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 149 de la Constitución y, en su caso, de las bases y ordenación de la actividad económica general del Estado, sobre las siguientes materias:
Patrimonio arquitectónico, control de la calidad en la edificación y vivienda.
Ordenación del crédito, banca y seguros.
Las funciones que sobre la zona marítimo terrestre, costas y playas le atribuye la legislación del Estado.
Investigación, Academias cuyo ámbito principal de actuación sea la Comunitat Valenciana.

De acuerdo con el artículo 49.1 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, la Generalitat tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
Régimen jurídico de las asociaciones cuyo ámbito principal de actuación sea la Comunitat Valenciana.
Aprovechamientos hidráulicos, canales y riegos, aun cuando las aguas no discurran íntegramente dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.
a) y b) son correctas.
Ordenación farmacéutica, sin perjuicio de lo que dispone el número 16 del apartado 1 del artículo 149 de la Constitución Española.

De acuerdo con el artículo 49.1 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana, la Generalitat tiene competencia exclusiva sobre las siguientes materias:
Protección del medio ambiente.
a) y c) son correctas.
Cultura.
Ordenación del crédito, banca y seguros.

Con respecto a los puertos y aeropuertos con calificación de interés general:
Corresponde a la Generalitat la gestión de los mismos cuando el Estado no se reserve su gestión directa.
Corresponde al Estado la gestión de los mismos, en todo caso.
Corresponde al Estado la gestión de los mismos cuando la Generalitat no se reserve su gestión directa.
Corresponde a la Generalitat la gestión de los mismos, en todo caso.

Al respecto de la organización, administración y gestión de todas las instituciones sanitarias públicas dentro del territorio de la Comunitat Valenciana:
Será una competencia exclusiva del Estado.
Será una competencia exclusiva de la Generalitat.
Corresponderá a la Generalitat la ejecución de la legislación básica del Estado.
Corresponderá a la Generalitat el desarrollo legislativo y la ejecución de la legislación básica del Estado.


Nota
Correctas
Incorrectas
Sin contestar
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