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Temario comun de oposicion de 2011 - 2. Definición del Ente Público Osakidetza - Servicio Vasco
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Osakidetza Pais Vasco
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22
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19. Una de las siguientes funciones si corresponde al Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud:
Fiscalizar y auditar la liquidación de cuentas del Ente Público y de sus organizaciones.
Aprobar, a propuesta del Consejero de Sanidad, la estructura orgánica y normas de funcionamiento que requiera la organización central y periférica del Ente Público.
Establecer el régimen retributivo de los directivos en el Ente Público.
Aprobar los Presupuestos, Estados Financieros Previsionales y Memoria anual de actividades del Ente Público.

11. El Decreto 255/1997, por el que se establecen Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud comienza con:
Un Capítulo Preliminar.
Unos Antecedentes.
Un Preámbulo.
Una Exposición de Motivos.

3. Es falso decir que el Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, en desarrollo de su objeto, perseguirá a través de todas sus organizaciones, entre sus fines de interés general, el de:
Ejecutar la provisión de asistencia sociosanitaria en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Promover la docencia en ciencias de la salud.
Ejecutar la provisión del servicio público sanitario en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Promover la formación y actualización de los conocimientos especializados que requiere su personal sanitario y no sanitario.

1. Osakidetza es un:
Organismo Autónomo.
Ente Público de Derecho Privado.
Departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Ente Privado.

21. Elaborar la propuesta consolidada de Presupuesto y Estados Previsionales del Ente Público es función del/de la:
Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.
Presidente del Consejo de Administración del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.
Organización central de administración y gestión corporativa del Ente Público Osakidetza- Servicio Vasco de Salud.
Director General del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud.

4. Es falso que, dentro de los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza- Servicio Vasco de Salud:
El artículo 13 sea el dedicado al reconocimiento legal de las organizaciones de servicios.
El artículo 9 sea el dedicado a la creación de la organización central de administración y gestión corporativa.
El artículo 2 sea el dedicado a sus fines.
El artículo 1 sea el dedicado a su definición.

12. El Decreto 255/1997, por el que se establecen Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud contiene:
Cinco Capítulos.
Un Capítulo Preliminar y cinco Capítulos más.
Cinco Capítulos, incluyendo el Preliminar.
Dos Títulos, teniendo el primero cinco Capítulos.

22. Un Director-Gerente de una organización de servicios del Ente Público Osakidetza- Servicio Vasco de Salud no tiene entre sus funciones:
Todas son funciones del Director-Gerente.
Dirigir e impulsar la investigación, docencia y formación en el seno de su organización.
Ejercer las facultades que le correspondan como órgano de contratación.
Ostentar la representación oficial de la organización y ejercer la autoridad directa dentro de la misma.

14. Según este Decreto 255/1997, el Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud perseguirá a través de todas sus organizaciones uno de estos fines de interés general
Promover la formación y actualización de los conocimientos especializados que requiere su personal sanitario y no sanitario, únicamente en el campo específico de la salud.
Cualquier otro fin relacionado con su objeto que se acuerde por el Titular del Departamento competente en materia de Sanidad
Promocionar el desarrollo de sus recursos sanitarios y no sanitarios a través de acciones y programas propios o en colaboración con otras instituciones.
Proporcionar a las personas que accedan a sus servicios las condiciones necesarias para el pleno ejercicio de sus derechos y deberes de carácter instrumental o complementario, promoviendo especialmente la mejora continua de los niveles de información, la personalización en la atención y la calidad de la misma.

2. Los Estatutos Sociales del Ente Público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud fueron establecidos por:
Decreto 255/1997, de 11 de noviembre.
Decreto 195/1996, de 23 de junio.
Decreto 194/1996, de 23 de junio.
Ley 8/1997, de 26 de junio.


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