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Temario comun de oposicion de 2011 - 1. Disposiciones Generales de Ordenación Sanitaria de Euskadi
Etiquetas
Osakidetza Pais Vasco
Numero de preguntas
22
Situacion
Preguntas independientes.
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1. El Título II de la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi se denomina
Derechos y deberes ciudadanos.
Sistema sanitario de Euskadi.
Organización de las estructuras públicas de provisión de servicios sanitarios.
Disposiciones generales.

8. Es falso decir que sea un principio programático de organización y funcionamiento del sistema sanitario de Euskadi:
La consideración de la persona como objetivo fundamental del sistema.
El incremento de los niveles de competencia entre los centros privados.
La orientación prioritaria de los medios y actuaciones a la promoción de la salud y a la prevención de las enfermedades.
El desarrollo interno de la organización mediante el principio de separación de los cometidos de regulación y financiación del sistema respecto de la provisión de servicios sanitarios.

14. Respeto al marco institucional de la Salud en Euskadi, una de las siguientes afirmaciones no es correcta:
Corresponde a la Administración Central del Estado establecer los cauces necesarios de cooperación con las Administraciones públicas competentes en materia de servicios sociales.
Compete al Gobierno Vasco preservar ese marco institucional de la salud en Euskadi, dirigiendo las recomendaciones o adoptando las medidas que estime oportunas para velar por su consideración en todas las políticas sectoriales
Corresponde a todos los poderes públicos vascos la misión preferente de promocionar y reforzar la salud en cada uno de los sectores de la actividad socio-económica
El Gobierno Vasco propiciará el diseño de acciones positivas multidisciplinares que complementen a las estrictamente sanitarias para lograr una mejora continua del nivel de salud de la población.

16. El Sistema Sanitario de Euskadi:
Todas las afirmaciones son correctas.
Está informado por los principios de universalidad, solidaridad, equidad, calidad de los servicios y participación ciudadana.
Tiene como objetivo último el mantenimiento, la recuperación y mejora del nivel de salud de la población.
Está configurado con un carácter integral por todos los recursos sanitarios públicos de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

3. La Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi es:
La Ley 8/1997, de 26 de junio.
La Ley 41/2002, de 14 de noviembre.
La Ley 3/2005, de 18 de febrero.
La Ley 2/2004, de 25 de febrero.

10. Es falso decir, en relación a la Ley 8/1997, de 26 de junio, que:
Corresponde a todos los poderes públicos vascos la misión preferente de promocionar y reforzar la salud en cada uno de los sectores de la actividad socio-económica.
La Ley tiene por objeto la ordenación sanitaria de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
El sistema sanitario de Euskadi, en los términos previstos en dicha Ley, garantizará las prestaciones sociales colectivas.
El Gobierno Vasco podrá ampliar, en el territorio de Euskadi, el catálogo de prestaciones sanitarias a que se hace referencia en el art. 4.2.

12. En las disposiciones generales o Bases de Sanidad que fija el Estado a las Comunidades Autónomas, se parte de la consideración de la salud como:
Principio rector de la Política Social y Económica.
Objetivo principal.
Derecho fundamental.
Bien jurídico con singular protección legal.

5. Es falso decir que el sistema sanitario de Euskadi:
Tiene como objetivo último el mantenimiento, la recuperación y mejora del nivel de salud de la población.
Está configurado con un carácter integral por todos los recursos sanitarios públicos y privados de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Está informado por los principios de universalidad, solidaridad, equidad, calidad de los servicios y participación ciudadana.
Se creó para llevar a cabo una adecuada organización y ordenación de las actuaciones que competen a la Administración sanitaria vasca.

20. La Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi establece que los contratosprograma tendrán la naturaleza de:
Convenio de carácter especial.
Contrato del Sector Público.
Acuerdo de delegación de funciones.
Acuerdo bilateral de carácter específico.

4. Es falso decir, en relación con el ente público Osakidetza-Servicio Vasco de Salud, que:
Los órganos rectores del ente son el consejo de administración y el/la presidente/a.
El consejo de administración del ente estará integrado por el/la presidente/a y por un número no superior a diez miembros en representación de la Administración del Estado.
El cargo de presidente o presidenta del ente lo ejercerá el/la Consejero/a del Departamento de Sanidad y Consumo.
Está comprendida entre las atribuciones del consejo de administración la planificación estratégica de medios adscritos al ente.


Nota
Correctas
Incorrectas
Sin contestar
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