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Informacion
2002 Conductores
Etiquetas
Andalucia Celador Conductor Consolidacion Servicio Andaluz de Salud
Numero de preguntas
23
Situacion
Preguntas independientes.
Quiero hacer preguntas o

ES COMPETENCIA DEL CELADOR-CONDUCTO COMPROBAR LA PRESIÓN DE LOS NEUMÁTICOS ANTES DE EMPEZAR LA GUARDIA:
Depende de la duración de la guardia
No, nunca

Depende del tamaño del neumático

¿DEBERÁ UN CELADOR QUE PRESTE SERVICIOS EN TURNO DE NOCHE VIGILAR EL EXTERIOR DEL EDIFICIO DONDE TRABAJA?
No, solo cuidará de que estén cerradas las puertas de servicios complementarios
Solo si se le ordena por escrito por el Jefe de Personal Subalterno
Sí, al igual que el interior del edificio
No, es tarea del de seguridad

LAS FUNCIONES DEL CELADOR DE INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL VIENEN RECOGIDAS EN EL ESTATUTO DE PERSONAL NO SANITARIO AL SERVICIO DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL. ¿EN QUÉ ARTÍCULO?
14.2
12.2
13.1
13.9

¿PUEDE EL CELADOR-CONDUCTOR DE UN CENTRO DE SALUD DAR CITA PREVIA PARA EL MÉDICO DE FAMILIA A UN USUARIO DE ESE CENTRO?
No, es función del personal administrativo
Sólo en caso de que no existan auxiliares administrativos
Nunca
Sí, ya que es una de sus funciones

LA LEY 14/1986, DE 25 DE ABRIL, GENERAL DE SANIDAD, ESTABLECE QUE "LOS PODERES PÚBLICOS DEBERÁN INFORMAR A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS DEL SISTEMA SANITARIO PÚBLICO, O VINCULADOS A ÉL, DE SUS DERECHOS Y DEBERES". LA CITADA LEY, RECOGE LOS DERECHOS DE LOS CIUDADANOS EN SU ARTÍCULO:
37
36
10
11

EN RELACIÓN CON EL TRASLADO DE ENFERMOS, ES FUNCIÓN DEL CELADOR-CONDUCTOR DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL:
Estar a la espera de que el enfermo sea alojado en el vehículo, bien por los familiares de éste o por otro personal, para iniciar la marcha y efectuar el traslado correspondiente
Dar las instrucciones adecuadas para que el enfermo pueda ser trasladado
Tendrá a su cargo el traslado de los enfermos tanto dentro de la institución como en el servicio de ambulancias
Sólo conducirá el vehículo

EN EL ÁMBITO DEL SERVICIO ANDALUZ DE SALUD, LAS FUNCIONES ASIGNADAS AL CELADOR-CONDUCTOR SON LAS RECOGIDAS EN EL ESTATUTO DEL PERSONAL NO SANITARIO DE LAS INSTITUCIONES SANITARIAS DE LA SEGURIDAD SOCIAL PARA LA CATEGORÍA DE CELADOR, Y ADEMÁS:
Colaborarán en las tareas de recepción, información, archivo y registro en los centros de atención primaria de salud
Colaborarán en las tareas de recepción, información, archivo y registro en las Unidades de Personal de los Distritos de atención primaria
Las del personal Técnico Administrativo
Las de los Auxiliares Administrativos

¿CUÁL DE ESTAS TAREAS NO ES COMPETENCIA DEL CELADOR-CONDUCTOR DE CENTRO DE SALUD?
Informar sobre los trámites para solicitar la tarjeta sanitaria
Informar a los pacientes de los resultados de los análisis que le practicaron
Facilitar al médico el historial del paciente que sea necesario
Dar justificante de asistencia a consulta a los pacientes que lo soliciten

DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 1.2 DE LA LEY 14.1986, DE 25 DE ABRIL, GENERAL DE SANIDAD, SON TITULARES DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE LA SALUD Y A LA ATENCIÓN SANITARIA:
Todos los españoles y ciudadanos extranjeros que tengan su residencia en el territorio nacional
Los extranjeros que residan temporalmente en España
Solamente los españoles, aunque residan en el extranjero
Los españoles que se encuentren dados de alta en la Seguridad Social en el momento de haber contraído la enfermedad

INDICAR CUÁL DE ESTAS FUNCIONES NO CORRESPONDE A UN CELADOR-CONDUCTOR:
Colaborar con el médico
Dar información sanitaria
Revisar la camilla del vehículo que tiene asignado
Ayudar a un compañero a cargar a un enfermo


Nota
Correctas
Incorrectas
Sin contestar
Total

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