Según lo dispuesto en el artículo 87.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ponen fin al procedimiento administrativo, además de la resolución, el desistimiento y la renuncia: (Administrativo, Com. Madrid 2002)
- (100%)La declaración de caducidad.
- (0%)La prescripción.
- (0%)La nulidad.
- (0%)La anulabilidad.
*El porcentaje entre parentesis representa el porcentaje de veces que los usuarios respondieron esa respuesta hasta la fecha de la ultima modificacion de este hilo.(Refrescar)
Esta pregunta esta presente en los siguientes tests:
(Constitución + LRJAPyPAC + EBEP + Contratos)()[Constitucion Normativa Estatal Simulacros de Examen – ]