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Informacion
Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente
Etiquetas
Normativa Sanitaria
Numero de preguntas
30
Situacion
Preguntas independientes.
Quiero hacer preguntas o

El facultativo proporcionará al paciente, antes de recabar su consentimiento escrito, la información básica siguiente (señale la incorrecta):
Los riesgos relacionados con las circunstancias personales o profesionales del paciente.
Consecuencias de mayor o menor importancia que la intervención origina con seguridad.
Las contraindicaciones.
Todas son correctas.

Con respecto al acceso a los datos de la historia clínica (señale la incorrecta):
El personal que accede a los datos de la historia clínica en el ejercicio de sus funciones queda sujeto al deber de secreto.
El personal sanitario debidamente acreditado que ejerza funciones de inspección, evaluación, acreditación y planificación, tiene acceso a las historias clínicas en el cumplimiento de sus funciones de comprobación de la calidad de la asistencia.
El acceso a la historia clínica con fines judiciales obliga a unificar los datos de clínico-asistenciales del paciente junto a los de carácter personal, de manera que como regla general se tenga un acceso directo a los mismos, salvo que el propio paciente deniegue el consentimiento para ello.
El personal de administración y gestión de los centros sanitarios sólo puede acceder a los datos de la historia clínica relacionados con sus propias funciones.

Los centros sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad, aunque no necesariamente en el soporte original, para la debida asistencia al paciente durante el tiempo adecuado a cada caso y:
Como máximo, tres años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial.
Como mínimo, cinco años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial.
Como máximo, cinco años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial.
Como mínimo, tres años contados desde la fecha del alta de cada proceso asistencial.

Según el artículo 17.4 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, la gestión de la historia clínica por los centros con pacientes hospitalizados, se realizará:
Por el personal sanitario no facultativo de dicho centro.
A través del servicio de archivos de dicho hospital.
Por el personal de gestión de dicho centro.
A través de la unidad de admisión y documentación clínica.

Se otorgará el consentimiento por representación:
a) y b) son correctas.
Cuando el paciente, a criterio del médico responsable de la asistencia, no sea capaz de tomar decisiones.
Cuando el usuario esté incapacitado legalmente.
a) y b) son incorrectas.

En caso de incapacidad del paciente, ¿recibirá éste información asistencial?:
En ningún caso.
De modo adecuado a sus posibilidades de comprensión.
Únicamente su representante legal.
b) y c) son correctas.

De conformidad con el artículo 2.2 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, el consentimiento que debe obtenerse después de que el paciente reciba una información adecuada, se hará:
Por escrito en los supuestos previstos por la ley.
De forma verbal, siempre.
Por escrito, en todo caso.
De forma verbal en los supuestos previstos en la ley.

¿Quién se encargará de regular el procedimiento para que quede constancia del acceso a la historia clínica y su uso?:
Los centros sanitarios.
El Ministerio de Sanidad.
Los servicios de salud.
Las Comunidades Autónomas.

La obtención, el archivo, la custodia y transmisión de la información y la documentación clínica, se orientarán hacia:
La dignidad de la persona humana.
El respeto a la intimidad de la persona.
Todas son correctas.
El respeto a la autonomía de la persona.

Con respecto al derecho a la información asistencial:
La información, como regla general se proporcionará por escrito dejando constancia además en la historia clínica.
Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud, toda la información disponible sobre la misma, sin excepciones.
Toda persona tiene derecho a que se respete su voluntad de no ser informada.
Todas son correctas.


Nota
Correctas
Incorrectas
Sin contestar
Total

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