Cuando se trate de menores no incapaces ni incapacitados, no cabe prestar el consentimiento por representación:
Con respecto al derecho de acceso a la historia clínica:
¿Quién establecerá un mecanismo de custodia activa y diligente de las historias clínicas que permita la recogida, integración, recuperación y la comunicación de la información sometida al principio de confidencialidad?:
A efectos de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, se entiende por usuario:
La obtención, el archivo, la custodia y transmisión de la información y la documentación clínica, se orientarán hacia:
Se otorgará el consentimiento por representación:
Señale la afirmación incorrecta en relación con las historias clínicas:
Con respecto al derecho a la información asistencial:
Los pacientes tienen derecho a conocer, con motivo de cualquier actuación en el ámbito de su salud:
Los centros sanitarios tienen la obligación de conservar la documentación clínica en condiciones que garanticen su correcto mantenimiento y seguridad, aunque no necesariamente en el soporte original, para la debida asistencia al paciente durante el tiempo adecuado a cada caso y:
Nota
Correctas
Incorrectas
Sin contestar
Total
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